Disposición Normativa-Serie "B" Nº 015/97 ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen General de Percepción. Disposición Normativa Serie "B" Nº 7/97. Postergación parcial de su vigencia.-
Que a través de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 07/97 se modifico la alícuota que debían aplicar las empresas de electricidad, gas, agua, servicios cloacales y telecomunicaciones cuando los contribuyentes no acreditaran ante las mismas su situación fiscal frente al tributo. Que en virtud de la adaptación que requieren los sistemas operativos de los agentes involucrados, a los fines de la implementación de la modificación instrumentada, se hace necesario posponer la vigencia de la misma hasta el 01/09/97. Por ello, LA
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS Articulo 1: Postergar hasta el 01/09/97 la entrada en vigencia de lo dispuesto en el Artículo 8 inciso c1) de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 38/95, agregado por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 07/97. Hasta dicha fecha las empresas de electricidad, gas, agua, servicios cloacales y telecomunicaciones continuaran aplicando la alícuota del 2, en relación a aquellos contribuyentes que no acrediten su situación fiscal frente al impuesto sobre los ingresos brutos. Artículo 2: Regístrese,
comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección
de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente
en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. | ||
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