Disposición Normativa-Serie "B" Nº 014/97 ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Agente de Retención: Municipios, cancelación de deudas con bonos de saneamiento financiero municipal y certificados de cancelación de deuda municipal. Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/95. Modificación del Artículo 145°.- Que el Artículo 145° en su inciso b) de la Disposición Normativa mencionada establece los supuestos que quedan exceptuados de la retención. Que mediante la ley 11.752 se dispuso que los municipios de San Vicente, Morón, Esteban Echeverría, General Sarmiento y Magdalena consoliden las obligaciones a su cargo estableciéndose la posibilidad de que los mismos emitan bonos de saneamiento financiero, mediante los cuales puedan cancelar las obligaciones con sus acreedores. Que por su parte, a través de la ley 11.756 se procedió a la consolidación de las obligaciones a cargo de las municipalidades en la ley mencionada en el considerando anterior, estableciéndose como modalidad alternativa de pago, la emisión de certificados de cancelación de deuda municipal. Que, por lo tanto, se hace necesario excepcionar a los municipios de actuar como agente de retención del impuesto sobre los ingresos brutos, cuando cancelen obligaciones con bonos de saneamiento financiero municipal o certificados de cancelación de deuda municipal, de conformidad a las leyes precedentemente citadas. Por
ello, LA DIRECCION PROVINCIAL
DE RENTAS Artículo 1: Sustituyese el Artículo 145° de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/95, por el siguiente:
Artículo
2: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese
a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación
de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. | ||
Arba
©
Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires |