Disposición Normativa-Serie "B" Nº 013/97 ASUNTO: Artículo 75° del Código
Fiscal (T.O. 1996). Índices de Liquidación. Metodología de
Cálculo.- CONSIDERANDO: Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Articulo 1º: Aprobar la formula desarrollada en el anexo i, que se considera formando parte integrante de la presente, para calcular la falta total o parcial de pago de las deudas por impuestos a que hace referencia el Artículo 75º, Código Fiscal (T.O.1996). Articulo
2º: La presente Disposición normativa tendrá vigencia a
partir del 1º de mayo de 1997. Artículo 3°:
Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese
a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación
de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. | ||
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