Disposición Normativa-Serie "A" Nº 069/97 ASUNTO: Ley de Consolidación de
deudas provinciales. Ley 11.808. Decreto 3943/96. Plan de Regularización
de Obras y Mejoras no Declaradas. Ley 11.808. Plazo pago en término.- Que en virtud de ello se han desarrollado chequeras personalizadas conteniendo las cuotas desde la nueve y hasta la trece como máximo, para el pago de las cuotas de la ley de consolidación de deudas provinciales 11.808 y del decreto 3943/96 a ser distribuidas en el domicilio de cada contribuyente, en las cuales se consigna la fecha de vencimiento de cada una de ellas; Que
razones operativas aconsejan extender el plazo de pago de la cuota con vencimiento
en el mes de agosto del corriente, de todos los planes de regularización
citados a los efectos de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus
obligaciones; LA DIRECCION PROVINCIAL
DE RENTAS Artículo 1º: Considerar como abonados en término, los pagos con vencimiento el día 11 de agosto de 1997, efectuados hasta el día 19 de agosto de 1997, inclusive, en concepto de los siguientes planes:
Artículo
2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de
Servicios Técnicos Administrativos solicitando la publicación de
la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda,
circúlese y archívese.- | ||
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