Disposición Normativa-Serie "B" Nº 029/96

ASUNTO: Régimen General de Facilidades de Pago del Artículo 79° del Código Fiscal (T.O. 1994). Ley 11.796 de la Reforma al Código Fiscal. Disposición Normativa Serie "B" Nº 18/96. Derogación.-


La Plata, de 1996.-


VISTO Y
CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición Normativa Serie "B" Nº 18/96 se reestablece la vigencia de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 36/95 y su modificatoria.

Que la Disposición Normativa Serie "B" Nº 18/96 permite la presentación de la solicitud de pago financiado dispuesto por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 36/95 hasta el 28/6/96, pudiéndose incluir en el acogimiento las deudas por tributos provinciales devengadas hasta el 31/12/95.

Que habida cuenta que la ley 11.796 viene a reformar parcialmente el Código Fiscal T.O. 1994, sustituyendo el Artículo 79 de tal ordenamiento.

Que, en consecuencia, en virtud de la reforma introducida en el Código Fiscal T.O. 1994, surge la necesidad de derogar el régimen de facilidades de pago instaurado por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 36/95 y sus modificatorias.

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Derógase la Disposición Normativa Serie "B" Nº 36/95 y sus modificatorias, dejándose sin efecto el régimen de facilidades de pago previsto en la misma

Artículo 2º: La presente Disposición entrará en vigencia a partir del 26/6/96.-

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.-

 

DRA. ANA MARIA MOLFINO
JEFE INTERINO DPTO. TECNICO
DIRECCION TECNICA TRIBUTARIA (DPR)

DRA. MARTA SUSANA MOUSSOLI
DIRECTORA PROVICNIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
Arba © Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires