Disposición Normativa-Serie "B" Nº
014/96 ASUNTO: Fe de Erratas. Disposiciones Normativas
Series "B" Nº 8 y 11 de 1996.- La Plata, 1 de febrero de
1996.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que se han registrado
erróneamente, en cuanto se refiere a su "serie", "Nº"
y "fecha de registro", las Disposiciones Normativas Series "A"
Nº 8. Asunto: régimen general de facilidades de pago Art. 79º
del código fiscal T.O. 1994. Índices de liquidación. Emisión
febrero de 1996" y Nº 11. Asunto: "Emisión febrero 1996",
ambas registradas el 18 de enero de 1996. - Que corresponde adecuar el
ordenamiento registral de las normativas citadas precedentemente, dentro de la
serie "a" a la que corresponden y conforme surge de los anexos que forman
parte integrante de cada una de las normas de que se trata.-
Por ello;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS DISPONE: Artículo
1º: Dictar la correspondiente "fe de erratas" de las disposiciones
normativas series "a" números 8 y 11 del 18 de enero de 1996,
estableciendo que: "Donde dice" "
Disposición Normativa Serie "A" Nº 8/96. Asunto: régimen
general de facilidades de pago Art. 79º del código fiscal T.O. 1994.
índices de liquidación. Emisión febrero de 1996". "la
plata, 18 de enero de 1996". " Disposición Normativa Serie
"A" Nº 11/96. Asunto: Índices de liquidación Art.
68º del código fiscal T.O. 1994. Emisión febrero 1996".
"la plata, 18 de enero de 1996" "Debe decir" "Disposición
Normativa Serie "A" Nº 3/96. Asunto: régimen general de
facilidades de pago Art. 79º del código fiscal T.O. 1994. Índices
de liquidación. Emisión febrero de 1996". "La plata, 5
de enero de 1996. " Disposición Normativa Serie "A"
Nº 2/96. Asunto: Índices de liquidación Art. 68º del código
fiscal febrero de 1996". "la plata 5 de enero de 1996". - Artículo
2º: Dejar establecido que se mantiene firmes en todos sus términos
el contenido de lo dispuesto por las disposiciones normativas series "a"
numero 2 y 3 dictadas el 5 de enero de 1996, correspondientes a la emisión
febrero de 1996, los Índices de liquidación del articulo 68º
del código fiscal (T.O.1994), respectivamente.- Artículo
3º: El departamento administrativo- División tramites genera les,
deberá anular en el registro de Disposiciones Normativas Series "B",
los números 8 y 11 del día 18 de enero de 1996.- Artículo
4º: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese
a la Dirección de Servicios Técnicos administrativos la publicación
de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.-
DRA. MARTA SUSANA MOUSSOLI DIRECTORA PROVICNIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA |