Disposición Normativa-Serie "A" Nº 027/96 ASUNTO: Plan de Facilidades de Pago del Artículo 79° del Código Fiscala (T.O.1994). Acogimientos realizados en enero de 1996. Cuota Nº 1. Plazo para el pago en término.-
Que para efectuar el pago en forma correcta por parte de los señores contribuyebtes, se tornó necesario ampliar el plazo fijado para el pago de la cuota Nº 1 de aquellos acogimientos realizados durante el mes de enero de 1996, tal como se procediera en anteriores oportunidades ante análogas situaciones, en este caso, mediante Disposición Normativa Serie "B" Nº 23/96; Que razones operativas requieren ampliar
el plazo fijado por la norma citada en el párrafo anterior;
Por ello; EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos que realicen los señores contribuyentes, en concepto de Plan de Facilidades de Pago del Artículo 79° del Código Fiscal (T.O.1994) cuota Nº 1, cuyo vencimiento operó el 11-03-96 y que se abonen hasta el 3 de abril de 1996.- Artículo 2º: La presente tendrá vigencia a partir del día de la fecha.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota la Dirección de Servicios Técnico Administrativos, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
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