Disposición Normativa-Serie "B" Nº 025/95 ASUNTO: Ley de Regularización Impositiva. Pago en cuotas. Plazo para el ingreso en término. Leyes 11.253 y 11.389.-
Que esta autoridad de aplicación dicto la Disposición Normativa Serie "a" Nº 12/92 a fin de poner en vigencia a partir del día 7-9-92 los beneficios de pago en cuotas del régimen especial de regularización deudas impositivas provinciales, establecidas por la Ley 11.253.- Que por Disposición Normativa Serie "B" Nº 2/93 -se fijaron las normas de aplicación de la Ley 11.389 estableciéndose en su Artículo 4º, como de aplicación supletoria de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 12/92.- Que conforme al Artículo 22 de la normativa citada en primer termino, el vencimiento de pago de las cuotas operara el día 5 o hábil siguiente de cada mes. Que a los efectos de una más adecuada atención de los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, tal como se procediera en vencimientos anteriores ante análogas situaciones procede ampliar la fecha de vencimientos de las cuotas con vencimiento 05-6-95, de las Leyes 11.253 y 11.389. Por ello; El DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos correspondientes a la cuota con vencimiento el día 5 de junio de 1995, de los acogimientos a la Ley 11.253 y 11.389, que se efectúen hasta el día 9 de junio de 1995.- Artículo 2º: La presente tiene vigencia a partir de la fecha.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
LIC.
LUIS ENRIQUE PERALTA LIC. ECON. JORGE A. SERDAREVICH | ||
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