Disposición Normativa-Serie "A" Nº 019/95 ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Importes Mínimos. Año 1995.- Que la Dirección de Organización y Control de Gestión, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 10º de la ley 11.853, ha actualizado los importes mínimos básicos bimestrales para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos contenidos en dicha Ley; Que se hace necesario aprobar los
importes mínimos a que alude el párrafo anterior a partir del 1º
de marzo de 1995; Por ello, EL DIRECTOR
PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Establecer a partir del 1º de marzo de 1995, los siguientes importes mínimos bimestrales a que alude el Artículo 10º de la Ley 11.583:
Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota la Dirección de Servicios Técnico Administrativos, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
LIC.
LUIS ENRIQUE PERALTA LIC.
ECON. JORGE A. SERDAREVICH | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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