Disposición Normativa-Serie "B" Nº 005/94

ASUNTO: Disposición Normativa Serie "B" Nº 16/93 de reinscripción obligatoria de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Ampliación del plazo de su Artículo 5° para consignar en nuevo número de inscripción en factural y recibos.-


La Plata, 14 de abril de 1994.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición Normativa Serie "B" Nº 16/93 se dispuso la reinscripción obligatoria de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Que en el Artículo 5 se estableció la obligación de que el nuevo número de inscripción en el Impuesto figure en las facturas y comprobantes a extender por los contribuyentes a partir del día 1/4/94 y la posibilidad de solicitar autorización a fin de utilizar facturas y recibos con el número de inscripción anterior hasta agotar los impresos en esas condiciones.

Que a los efectos de permitir por parte de la autoridad de aplicación la correcta emisión de la documentación prevista por el Artículo 4 y su oportuna notificaron a los contribuyentes, resulta conveniente la ampliación de los plazos originalmente previstos.

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Ampliara hasta el día 30 de junio de 1994 el plazo previsto por el Artículo 5, primer párrafo, de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 16/93, para la emisión de facturas, recibos y comprobantes, con el nuevo número de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos impreso en los mismos.-

Artículo 2º: Ampliar hasta el día 30 de junio de 1994 el plazo previsto por el Artículo 5, cuarto párrafo, de la Disposición Normativa Serie "B" N° 16/93 (texto modificado por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 3/94), a fin de solicitar autorización para utilizar hasta agotarlos: facturas, recibos y comprobantes, con el anterior número de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.-

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.-

 

CDOR. CARLOS ALBERTO BASTIANO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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