Disposición Normativa-Serie "A" Nº 002/94

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario Rural. Cuota 3/93. Partidos en emergencia y desastre agropecuario: Lobería, Balcarce, San Cayetano y Necochea. Plazo para el pago en término.


La Plata, 17 de enero de 1994.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Disposición Normativa Serie "A" N° 64/93, se amplió el plazo para el ingreso de la cuota 3/93 del Impuesto Inmobiliario Rural, en los partidos de: Lobería, Balcarce, San Cayetano y Necochea, declarados en emergencia y desastre agropecuario;

Que subsistiendo las causales que fundamentaron dicha norma, procede ampliar el plazo fijado para el ingreso de la cuota de que se trata;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término, los pagos que realicen los contribuyentes de los partidos de: Lobería, Balcarce, San Cayetano y Necochea, en concepto de Impuesto Inmobiliario, cuota 3/93, hasta el día 28 de enero de 1994, para todas las partidas.-

Artículo 2º: La presente Disponsición tiene vigencia a partir de la fecha.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota la Dirección de Servicios Técnico Administrativos, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 

ENRIQUE MARIO GADEA
DIRECTOR DE ORG. Y RELAC. INSTITUCIONALES
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

 
 
Arba © Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires