Disposición Normativa-Serie "A"
Nº 050/93
ASUNTO: Impuesto Inmobiliario Rural año 1993. Cuota 2/93.
Plazo para el pago en término.-
La Plata, 30 de agosto de 1993.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que por Disposición Normativa Serie "A" N° 39/93,
se amplió el plazo para el ingreso en término de la segunda
cuota, cuota 2/93, del Impuesto Inmobiliario Rural, año 1993;
Que subsistiendo las causales que motivaran la Normativa citada precedentemente,
se torna necesario unificar en la fecha fijada en el último término,
el vencimiento de que se trata para todas las partidas;
Por ello;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:
Artículo 1º: Considerar como abonados en término,
los pagos que realicen hasta el día 30 de agosto de 1993, en concepto
de Impuesto Inmobiliario Rural año 1993, cuota 2/93, para todas
las partidas.-
Artículo 2º: La presente Disponsición tiene vigencia
a partir de la fecha.-
Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota la
Dirección de Servicios Técnico Administrativos, solicitando
la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese
a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
LIC. MARTA E. VILLALBA
DIRECTORA DE RECAUDACIONES
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS
CDOR. CARLOS ALBERTO DI BASTIANO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA
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