Disposición Normativa-Serie "A" Nº 028/93 ASUNTO: Impuesto a los Automotores. Cuota 2/93. Plazo para el pago en término.- Que factores climáticos adversos, que afectan el interior de la provincia de Buenos Aires, impidieron la distribución en tiempo de los recibos de pago de la cuota citada, haciéndose necesario ampliar el plazo para el ingreso de la cuota mencionada, a efectos de posibilitar el cumplimiento de la obligación fiscal en término por parte de los contribuyentes; Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos que se realicen hasta el día 17 de mayo de 1993, en concepto de la segunda cuota (2/93) del Impuesto a los Automotores año 1993, cualquiera fuese el número de terminación de dominio.- Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir de la fecha.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota la Dirección de Servicios Técnico Administrativos, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
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