Disposición Normativa-Serie "A" Nº 012/93 ASUNTO: Impuesto a los Automotores. Monto fijo
para vehículos que no tienen valuación. Año 1993.- Que en el caso de los vehículos 0 Km., no se cuentra en forma inmediata con la valuación de los mismos; Que se hace necesaria la publicación de las valuaciones y montos de las cuotas del año 1993, para los vehículos mencionados en el párrafo anterior; Por ello; El DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º : Fijar en $300 (trescientos pesos), el monto aplicable a cada una de las cuotas del Impuesto a los Automotores para vehículos 0 Km. que no cuenten con valuación al momento de su radicación.- Artículo 2º : La presenta tendrá vigencia a partir de la fecha.- Artículo 3º : Regístrese, diríjase nota la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.- |
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