Disposición Normativa-Serie "A" Nº 001/93 ASUNTO: Impuesto a los Automotores. Cuota 1/93. Plazo para el pago en término.- Que a los efectos de una más adecuada atención de los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, procede ampliar el plazo fijado a fin de posibilitar el cumplimiento en término de la citada cuota; Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos que se realicen hasta el día 25 de enero de 1993, en concepto de la primera cuota (1/93) del Impuesto a los Automotores año 1993, para todas las patentes.- Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir de la fecha.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota la Dirección de Servicios Técnico Administrativos, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
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