Disposición Normativa-Serie "B" Nº 019/92

ASUNTO: Ley 11.253. Impuesto Inmobiliario y Contribución Especial FO.PRO.VI.. Prórroga del plazo de acogimiento.-


La Plata, 10 de noviembre de 1992.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que la autoridad de aplicación mediante Disposición Normativa Serie "B" N° 12/92, estableció el plazo de acogimientos para el pago en cuotas de las deudas correspondientes al Impuesto Inmobiliario y Contribución especial FO.PRO.VI., a partir del día 7/11/92 y hasta el 30/11/92, conforme a lo establecido en la Ley 11.253;

Que por razones operativas aconseja postergar el plazo del acogimiento citado precedentemente, a fin de posibilitar una mejor atención de los contribuyentes que se presenten a regularizar su situación fiscal;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Postergar hasta el día 14 de noviembre de 1992, el plazo establecido por el Artículo 14 Inciso 3º) de la Disposición Normativa Serie "B" N° 12/92 con relación al Impuesto Inmobiliario y Contribución especial FO.PRO.VI.

Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir de la fecha.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Servicios Técnicos y Administrativos, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-


DRA. LAURA C. CENICEROS
DIRECTORA TECNICA TRIBUTARIA
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

CDOR. CARLOS ALBERTO DE BASTIANO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
Arba © Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires