Disposición Normativa-Serie "B" Nº 019/92 ASUNTO: Ley 11.253. Impuesto Inmobiliario y
Contribución Especial FO.PRO.VI.. Prórroga del plazo de acogimiento.- Que la autoridad de aplicación mediante Disposición Normativa Serie "B" N° 12/92, estableció el plazo de acogimientos para el pago en cuotas de las deudas correspondientes al Impuesto Inmobiliario y Contribución especial FO.PRO.VI., a partir del día 7/11/92 y hasta el 30/11/92, conforme a lo establecido en la Ley 11.253; Que por razones operativas aconseja postergar el plazo del acogimiento citado precedentemente, a fin de posibilitar una mejor atención de los contribuyentes que se presenten a regularizar su situación fiscal; Por ello; EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Postergar hasta el día 14 de noviembre de 1992, el plazo establecido por el Artículo 14 Inciso 3º) de la Disposición Normativa Serie "B" N° 12/92 con relación al Impuesto Inmobiliario y Contribución especial FO.PRO.VI. Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir de la fecha.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Servicios Técnicos y Administrativos, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-
CDOR. CARLOS ALBERTO DE BASTIANO | ||
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