Disposición Normativa-Serie "B" Nº 014/92

ASUNTO: Ley 11.253. Venciemiento de la 1º cuota. Prórroga.-


La Plata, 6 de octubre de 1992.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que esta autoridad de aplicación dictó la Disposición Normativa Serie "B" N° 12/92, a fin de poner en vigencia a partir del 7/09/92, los beneficios de la Ley 11.253, para el pago en cuotas, donde en su Artículo 22º indicaba el vencimiento general de los planes de pago los cinco (5) o siguiente hábil del mes inmediato posterior al de presentación del acogimiento;

Que resulta conveniente la ampliación del plazo fijado para el pago de la 1º cuota de los acogimientos formalizados, a fin de posibilitar una mejor atención de los contribuyentes;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Ampliar hasta el día 9 de octubre de 1992, el plazo para el pago de la 1º cuota, correspondiente a las presentaciones y solicitud de liquidaciones para el pago en cuotas con beneficios de la Ley 11.253, formalizados hasta el día 30 de septiembre de 1992 únicamente, que involucra a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Sellos y Tasas retributivas de Servicios Administrativos y Judiciales.-

Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-


CDOR.CARLOS ALBERTO DE BASTIANO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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