Disposición Normativa-Serie "B" Nº 004/92 ASUNTO: Agentes de Recaudación. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Tarjetas de Compra y de Crédito. Modificación del Artículo 4° de la Disposición Normativa Serie "B" 6/87.- Que con ello se ha creado dudas sobre la conformación de la base para la retención correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos dispuesta por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 6/87, por lo que corresponde definir la situación mediante la modificación del Artículo 4° de la aludida Disposición; Por ello; EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Sustitúyase el Artículo de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 6/87 por el siguiente texto:
Artículo 2º: La Dirección Provincial de Rentas tendrá por correctamente efectuadas las retenciones practicadas hasta la fecha de vigencia de la presente, ya sea que las mismas se hayan realizado computado o sin computar en la base de los conceptos enumerados en el Artículo 4° de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 6/87 (Texto según la presente Disposición).- |
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