Disposición Normativa-Serie "A" Nº 109/92 ASUNTO:Impuesto Inmobiliario. Planta Rural. 5° anticipo año 1992. (Cuota 05/92). Plazo para el pago en término.- Que razones operativas aconsejan ampliar el plazo establecido para el ingreso de la cuota mencionada, a fin de posibilitar el cumplimiento de dicha obligación fiscal en término por parte de los contribuyentes de la planta rural; Por ello; EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos que se realicen en concepto del quinto anticipo (cuota 5/92) del Impuesto Inmobiliario Rural, año 1992, hasta el día 30 de octubre de 1992, para todas las partidas.- Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir de la fecha.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-
|
||
Arba
©
Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires |