Disposición Normativa-Serie "A" Nº 091/92 ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. 4° anticipo año 1992. (Cuota 04/92). Pago en término.- Que por razones operativas aconsejan ampliar el plazo establecido para el ingreso de la cuota mencionada, a fin de posibilitar el cumplimiento de dicha obligación fiscal en término por parte de los contribuyentes; Por ello; EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos que se realicen, en concepto de cuarto anticipo (cuota 4/92) del Impuesto Inmobiliario Planta Rural, año 1992, hasta el día 24 de agosto de 1992, para todas las partidas.- Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir de la fecha.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-
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