Disposición Normativa-Serie "A" Nº 090/92

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. 4° anticipo año 1992. (Cuota 04/92). Partidos en estado de emergencia. Pago en término.-


La Plata, 14 de agosto de 1992.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Disposiciones Normativas Serie "A" Nº 80/92 y 84/92, se fijaron y unificaron, respectivamente, las fechas de vencimiento para el pago del cuarto anticipo (cuota 4/92) del Impuesto Inmobiliario año 1992, de acuerdo al número de terminación de las partidas;

Que debido al estado de emergencia en que se encuentran varios partidos y a efectos de posibilitar el cumplimiento de dicha obligación fiscal en término por parte de los contribuyentes, resulta necesario ampliar el plazo para el ingreso de la cuota mencinada;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos que se realicen, en concepto de cuarto anticipo (cuota 4/92) del Impuesto Inmobiliario Planta Rural, año 1992, hasta el día 24 de agosto de 1992, en el partido de Dolores para todas las partidas.-

Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir de la fecha.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-


CDOR. CARLOS ALBERTO DI BASTIANO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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