Disposición Normativa-Serie "A" Nº 066/92 ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. 3° anticipo año 1992 (Cuota 03/92). Planta Urbana Rural y FO.PRO.VI. Pago en término.- Que razones técnicas aconsejan ampliar el plazo establecido para el pago de la cuota mencionada en lo que respecta a dominios cuyos números terminan en cero (0) y en uno (1), a fin de posibilitar el cumplimiento de la obligación fiscal en término por parte de los contribuyentes; Por ello; EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Considerar como abonados en término, los pagos en concepto del tercer anticipo (cuota 03/92) del Impuesto Inmobiliario - Planta Urbana - Rural y FO.PRO.VI año 1992, para los dominios cuyos números de partida terminen en cero (0) y en uno (1), se realicen hasta el día 10 de junio de 1992, Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir de la fecha.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-
|
||
Arba
©
Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires |