Disposición Normativa-Serie "A" Nº 143/91 ASUNTO: Presentación espontanea. Decreto 2221/90 Y
2285/90. Emisión octubre de 1991.- VISTO: El dictado de los Decretos 2221/90 del 26 de junio de 1990 y 2685/90 del 12 de julio de 1990 y la Disposición Normativa Serie "B" N° 32/90, y; CONSIDERANDO: Que en el Apartado a) del Artículo 22° de la mencionada Disposición se estipula el vencimiento de la primer cuota de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Sello, Embarcaciones y Tasas Retributivas de Servicios; y en el Apartado b) de los Impuestos Inmobiliarios, Contribución especial FO.PRO.VI y Automotor; Que el Artículo 26° de dicha Disposición Normativa fija como fecha de vencimiento para la cuota 2 y siguientes el día 5 o posterior hábil; Que por el Sector Estadística de la Dirección Provincial de Rentas, se han elaborado los "Índices de Liquidación" correspondientes al mes de septiembre de 1991; Que corresponde, en consecuencia, proceder a su aprobación y aplicación inmediata; Por ello; EL DIRECTOR PROVINCIAL
DE RENTAS Artículo 1º: Aprobar los coeficientes a aplicar al calculo de las cuotas a que hace referencia el Capítulo II del Decreto 2221/90 que se adjunta como Anexo I y el Anexo II con los Índices de Liquidación para el cálculo de la actualización e intereses por atraso en el pago de las cuotas.- Artículo
2º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir
del 1° de octubre de 1991.- LIC.
MARTA E. VILLALGA | ||
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