Disposición Normativa-Serie "A" Nº 083/91 ASUNTO: Impuesto de Sellos. Facilidades de Pago. Artículo 238° del Código Fiscal (Ley 10.397 y sus modificatorias). Tasa aplicable a las cuotas.-
Que las cuotas que se acordaren devengarán un interés equivalente al que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a treinta (30) días; Que el Sector Estadística, ha emitido informe de las tasas de interés para los distintos períodos, calculada en función de las tasa aplicada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en dichas operaciones; Por ello; EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º : Establecer que la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere el Artículo 238° del Código Fiscal (Ley 10.397 y sus modificatorias) para el mes de mayo es de 6,946.- Artículo 2º : La presente Disposición tiene vigencia a partir del 1° de mayo de 1991.- Artículo 3º : Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-
LIC. JOSE ALBERTO SBATELLA |
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