Disposición Normativa-Serie "A" Nº 057/91 ASUNTO: Impuesto de Sellos. Artículo 196° del Código Fiscal. (Ley 10397 y modificatoria). Tasas retributivas de Servicios Judiciales. Artículo 253°. Valuación abril de 1991.-
Las nuevas medidas económinas adoptadas y en vías de implementación dispuestas por el Gobierno Nacional, que son de público conocimiento; Que el Sector Estadística, ha comunicado los coeficientes de actualización a utilizarse durante el mes de abril de 1991, en base a la información producida por la Dirección Provincial de Estadística; Por ello; EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º : Dejar sin efecto la Disposición Normativa Serie "A" N° 49/91 por lo expuesto en los considerendos.- Artículo 2º : Establecer que para el cálculo de la valuación especial a que hace referencia los Artículos 196° y 253° del Código Fiscal (Ley 10.397 y sus modificatorias) y de acuerdo a la reducción prevista por el Decreto N° 44, el coeficiente de actualización a aplicar durante el mes de abril de 1991, es el vigente al mes de marzo de 1991 (11,393).- Artículo 3º : La presente disposicion tiene vigencia a partir del 1° de abril de 1991.- Artículo 4º : Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.- |
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