Disposición Normativa-Serie "A" Nº 036/91

ASUNTO: Obligaciones Fiscales. Agentes de Retención: Plazo para el pago en término. Impuesto Inmobiliario.-


La Plata, 19 de febrero de 1991.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que la interrupción de tareas llevada a cabo por los empleados estatales bonaerenses y que son de público conocimiento, dificulta el ingreso en término de obligaciones fiscales por parte de los Agentes de Retención, cuyo vencimiento operan en el día 20 de febrero de 1991;

Que por lo expuesto, resulta oportuno fijar una fecha especial para el ingreso de las citadas obligaciones,.

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los ingresos efectuados por los Agentes de Retención, en concepto de Impuesto Inmobiliario por las operaciones realizadas en el mes de enero/91 hasta el día 28 de febrero de 1991.-

Artículo 2º: Los pagos efectuados, así como los cheques y/o giros enviados, se consideraran firmes y sin derecho a repetición.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-


DRA. MONICA VIVIANA CARNE
DIRECTORA DE RECAUDACION
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

 
 
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