Disposición Normativa-Serie "A" Nº 031/91 ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Importes mínimos.
Bimestre enero/febrero 1991.- Que corresponde, en consecuencia, proceder a la aprobación y aplicación de lo expuesto; Por ello; EL
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Establecer a partir del 1° de enero de 1991, los siguientes importes mínimos a que alude el Artículo 9° de la Ley 10.880/90, que serán de aplicación para el bimestre enero / febrero de 1991:
Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
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