Disposición Normativa-Serie "B" Nº 019/90 ASUNTO: Agentes de Recaudación: Entidades financieras. Excepción
al régimen de actualización de la Disposición Normativa Serie
"B" Nº 8/90 .- Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo
1º: Los importes retenidos o percibidos por las entidades financieras
en cumplimiento de lo prescripto por el libro primero título III de la
Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/85 (T.O.1986) no se
encuentran alcanzados por la actualización diaria prevista en la Disposición
Normativa Serie "B" Nº 8/90 en la parte en que dichos montos integren
los efectivos mínimos no remunerados establecidos por el banco central
de la Republica Argentina. Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
CR. ABEL JORGE SCARABINO | ||
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