Disposición Normativa-Serie "B" Nº
011/90 ASUNTO: Agentes de Recaudación. Régimen de actualización
diaria de la Ley 10.897. Nuevo plazo de vigencia de la Disposición Normativa Serie
"B" 8/90 para el supuesto de Escribanos Públicos. Impuesto Inmobiliario.-
La Plata, 28 de mayo de 1990.- VISTO: El
régimen de actualización de los importes recaudados por los agentes
de percepción y retención, estatuido por la Ley 10.897 e implementado
por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 9/90 y CONSIDERANDO:
Que la obligación de los escribanos públicos de percibir y retener
el impuesto inmobiliario adeudado en ocasión de los actos y escrituras
que otorguen, reviste una particularidad que la distingue de los restantes supuestos
contemplados en el titulo III libro primero de la Disposición Normativa
Serie "B" Nº1/35 (T.O. 1986); Que, en efecto, en tales
casos la recaudación depende de la previa liquidación de la autoridad
de aplicación de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 19°
a 23° de la citada D.N."B" Nº 1/85 (texto según D.N.
"B" Nº 14/87); Que el circuito operativo previsto para
expedir en tiempo oportuno las liquidaciones de deuda para los agentes de recaudación
no permite su inmediata adaptación a los nuevos plazos que requiere la
D.N. "B" Nº 8/90; Que, consecuentemente, no es posible
en estos casos hacer recaer sobre los agentes las consecuencias jurídicas
de la demora necesaria para expedir las liquidaciones; Que se impone
así la necesidad de postergar el plazo de vigencia de la D.N. "B"
Nº 8/90 con exclusiva relación a estos supuestos, a fin de posibilitar
en el ínterin la adecuación del tramite por parte de las dependencias
operativas. Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL
DE RENTAS DISPONE: Artículo 1º: La Disposición
Normativa Serie "B" Nº 8/90 será de aplicación para
las obligaciones de los escribanos públicos como agentes de recaudación
del impuesto inmobiliario a partir de las operaciones y actos que otorguen desde
el día 1-6-90. Artículo 2º: Regístrese,
comuníquese al Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aries, diríjase
nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la
presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.- |