Disposición Normativa-Serie "A" Nº 199/90 ASUNTO: Impuesto a los Automotores. 6° anticipo año 1990 (cuota 6/90). Monto. Déjase sin efecto Disposicion Normativa Serie "A" Nº 193/90.-
Que por Disposición Normativa Serie "A" N° 191/90, se dispuso determinar el sexto anticipo del Impuesto a los Automotores año 1990 (cuota 6/90); Que se han detectado errores en la citada Disposición, como asimismo en la Disposición Normativa Serie "A" N° 196/90; Que, en consecuencia, se considera adecuado proceder a dejar sin efecto
ambas disposiciones, dictando un nuevo acto administrativo que reúna
toda la información; Por ello; EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Determinar el sexto anticipo del Impuesto a los Automotores año 1990 (cuota 6/90), para los vehículos comprendidos en el Inciso "A", de acuerdo al método que a continuación se detalla:
Artículo 2º: Determinar el sexto anticipo del Impuesto a los Automotores año 1990 (cuota 6/90), para los vehículos comprendidos en los Incisos "B", "C", "D", "E", "F" Y "G", para todos los modelos año, de acuerdo al método que a continuación se detalla:
Artículo 3º: Establecer que no deberán emitirse
los anticipos del Impuesto a los Automotores año 1990, a los vehículos
anteriores al año 1958 inclusive.- Artículo 4º: Dejar sin efecto las Disposiciones Normativas Serie "A" Nº 191/90 y 193/90.- Artículo 5º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-
LIC. JOSE ALBERTO SBATTELLA |
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