Disposición Normativa-Serie "A" Nº 151/90

ASUNTO: Impuesto de Sellos. Contratos de transferencias de auto- motores, camiones, ómnibus, micro-ómnibus, etc.. Valor del dólar billete para la conversión de los valores de los vehículos.-


La Plata, 17 de agosto de 1990.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Disposición Nº 1021/76 se dispuso adoptar como tasación especial para los contratos relacionados con los vehículos automotores y/o remolcados las tablas de valores establecidas por la Superintendencia de Seguros de la Nación;

Que dadas las actuales circunstancias económicas, se hace necesario fijar un nuevo valor para el dólar billete, a los efectos de la conversión de los precios de las unidades;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Fijar para la conversión de los valores expresados en dólares, la siguiente valuación: 6200 australes por dólar billete.-

Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 

LIC. JOSE ALBERTO SBATELLA
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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