Disposición Normativa-Serie "A" Nº 114/90

ASUNTO: Impuesto de Sellos. Contratos de transferencias de automotores, camiones, T.O. imponible, período julio-septiembre 1990.-


La Plata, 25 de junio de 1990.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Disposición Nº 1021/76 se dispuso adoptar como tasación especial para los contratos relacionados con los vehículos automotores y/o remolcados las tablas de valores establecidas por la Superintendencia de Seguros de la Nación;

Que se hace necesario fijar para el período julio - septiembre de 1990, la tabla de valores para vehículos y/o remolcados (incluidos caminiones, acoplados, ómnibus, micro-ómnibus y colectivos usados);

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Fijar para el período julio - septiembre de 1990, la tabla de valores para vehículos automotores y/o remolcados caminiones, acoplados, ómnibus, micro-ómnibus y colectivos usados, anexa a la presente y que se consideran parte integrante de la misma.-

Artículo 2º: Para los modelos 1990, que no figuren en las tablas de Superintendendia de Seguros de la Nación, se deberá aplicar la confeccionada por A.C.A.R.A para dichos vehículos.-

Artículo 3 º: En el caso de los valores expresados en dólares, se deberá tomar como cotización la de australes 5.200 por dólar billete.-

Artículo 4 º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 

CR. ABEL JORGE SCARABINO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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