Disposición Normativa-Serie "A" Nº 084/90

ASUNTO: Cuota adicional de emergencia. Ley 10.897. Artículo 1º. Prórroga fecha de vencimiento.-


La Plata, 14 de mayo de 1990.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Disposición Normativa Serie"A" Nº 71/90, se fijó la fecha de vencimiento para el pago de la cuota adicional de emergencia del Impuesto Inmobiliario año 1990 - Ley 10.897/90, Artículo 1°;

Que a los efectos de una más adecuada atención de los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, tal como se procediera en vencimiento anteriores ante análogas situaciones, resulta oportuno prorrogar la fecha de vencimiento para el ingreso del citado tributo;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Prorrogar al día 18 de mayo de 1990, la fecha de vencimiento para el pago de la cuota adicional de emergencia del Impuesto Inmobiliario año 1990 - Ley 10.897/90, Artículo 1°, para las partidas correspondientes a viviendas y baldíos, y al día 24 de mayo de 1990 para el resto de las partidas.-

Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir del día de la fecha.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 

CR. RUBEN ROBERTO GARCIA
DIRECTOR DE RECAUDACION
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

 
 
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