Disposición Normativa-Serie "A" Nº 060/90

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. 2° anticipo año 1990 (cuota 02/90 y FO.PRO.VI). Plazo para el Pago en Término.-


La Plata, 6 de abril de 1990.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Disposición Normativa Serie"A" Nº 15/90 se fijaron las fechas de vencimiento para el pago del segundo anticipo del Impuesto Inmobiliario año 1990 (cuota 2/90 y FO.PRO.VI.),

Que dificultades operativas en la distribución de los recibos y a fin de facilitar el pago en término por parte de los contribuyentes, resulta oportuno ampliar el plazo de ingreso de dicha obligación, para las partidas cuyo vencimiento opera el 5 de abril de 1990;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos del segundo anticipo del Impuesto Inmobiliario año 1990 (cuota 2/90 y FO.PRO.VI.), para las partidas incluídas en el sistema de descentralización administrativa tributaria correspondiente a las plantas urbanas edificada y rural, partida correspondiente a la planta urbana edificada cuyo monto de cuota sea mayor o igual a A 92.000 y partidas correspondientes a la planta rural que se abonen hasta el 11 de abril de 1990.-

Artículo 2º: Los pagos efectuados, así como los cheques y/o giros enviados, se considerarán válidos y sin derecho a repetición.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 

CR. ABEL JORGE SCARABINO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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