Disposición Normativa-Serie "A" Nº 039/90

ASUNTO: Impuesto de Sellos. Contratos de transferencias de automotores, camiones, ómnibus, microómnibus y acoplados. Monto imponible. Período marzo de 1990.-


La Plata, 7 de marzo de 1990.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Disposición Nº 1021/76 se dispuso adoptar como tasación especial para los contratos relacionados con los vehículos automotores y/o remolcados las tablas de valores establecidas por la Superintendencia de Seguros de la Nación;

Que la Superintendencia de Seguros de la Nación ha informado sobre la existencia de inconvenientes de orden técnico que le impiden suministrar las tablas de valores en vigencia;

Que ante la emergencia resulta imprescindible proveer a la solución de la cuestión planteada atendiendo a que la situación económica imperante se ha traducido en una vertiginosa alteración de precios en las transacciones;

Que en tanto se mantenga tal desfasaje, debe ser reparado en forma inmediata a fin de evitar el perjuicio fiscal implicado en la desactualización de los parámetros legalmente establecidos para determinar la base imponible;

Que por Disposición Normativa Serie "A" 119/89 se han fijado los valores para automotores, camiones, ómnibus, micro-ómnibus y acoplados para el periodo octubre-diciembre de 1989;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Fijar para la actualización de valores establecidos por Disposición Normativa Serie "A" 119/89 para automotores, camiones, ómnibus, micro-ómnibus y acoplados el siguiente método: multiplicar los valores antes mencionados por el coeficiente 3,0; de esta forma se obtiene el valor de marzo.

Artículo 2º: Establecer en a 5.000 el valor por dólar billete, a los efectos de la conversión de los montos expresados en esta ultima moneda.-

Artículo 3 º: Para los vehículos modelo 1990 se tomarán los valores que se adjuntan a la presente y que se consideran parte integrante de la misma .-

Artículo 4 º: La presente tendrá vigencia a partir del día de la fecha. -

Artículo 5 º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 

CR. RUBEN ROBERTO GARCIA
DIRECTOR DE RECAUDACION
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

 
 
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