Disposición Normativa-Serie "A" Nº 035/90 ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. Cuota 01/90. Plazo para el Pago en Término.-
Que la situación económica nacional, atraviesa una profunda crisis, de la cual no es ajena la Provincia de Buenos Aires y, teniendo en cuenta la fecha en que opera el vencimiento del Impuesto Inmobiliario (cuota 1/90); Que ello hace aconsejable ampliar el plazo para el ingreso de la obligación, facilitando así el cumplimiento a los contribuyentes, el pago en término; Por ello, EL DIRECTOR
PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos de la primera cuota (1/90) del Impuesto Imobiliario para todas las partidas que se abonen hasta el día 8 de marzo de 1990.- Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archivese.-
CR. RUBEN ROBERTO GARCIA | ||
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