Disposición Normativa-Serie "A" Nº 021/90 ASUNTO: Impuesto de Sellos. Facilidades de Pago del Artículo 238° del Código Fiscal. (Ley 10.397 y sus modificatorias). Tasa de interés aplicable a las cuotas
Que el Artículo 238° del Código Fiscal (Ley 10.397 y sus modificatorias) prevé la posibilidad de otorgar facilidades para el pago del Impuesto de Sellos que grava los contratos de realización de obras de servicio o suministros cuyos plazos de duración sean de treinta (30) meses o más; Que las cuotas que se acordaren devengarán un interés equivalente al que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a treinta (30) días; Que el Sector
Estadística, ha emitido informe de las tasas de interés para los
distintos períodos, calculada en función de las tasa aplicada por
el Banco de la Provincia de Buenos Aires en dichas operaciones; Por
ello; EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Establecer que la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere el Artículo 238° del Código Fiscal (Ley 10.397 y sus modificatorias) para el mes de febrero es de 73,220.- Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir del día de la fecha.- Artículo
3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de
Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín
Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-
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