Disposición Normativa-Serie "A" Nº 137/89 ASUNTO: Impuesto de Sellos. Artículo 196° del Código Fiscal (Ley 10.397, modificada por Ley 10.731). Tasas retributivas de servicios judiciales. Artículo 253°. Valuación del mes de noviembre de 1989.-
Que el
Artículo 196 del Código Fiscal (ley 10.397, modificada por ley 10.731)
establece una valuación especial como una de las alternativas para el calculo
de la base imponible del impuesto de sellos en las transmisiones a titulo oneroso
de los bienes inmuebles, sobre la base del avalúo fiscal ajustado con el
coeficiente de actualización mensual; Por ello, El
SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS EN USO DE LAS ATRIBUCIONES INHERENTES Artículo 1º: Establecer que para el calculo de la valuación especial a que hace referencia los Artículos 196 y 253 del Código Fiscal (ley 10.397, modificada por ley 10.731) se aplicaran los siguientes coeficientes de actualización en operaciones a realizarse durante el mes de noviembre de 1989:
Artículo 2º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir del 1º de noviembre de 1989.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.- CR. RUBEN
ROBERTO GARCIA | ||
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