Disposición Normativa-Serie "A" Nº 098/89 ASUNTO: Impuesto sobre los ingresos brutos. Importes mínimos. Bimestre julio. agosto de 1989.-
Que el Sector Estadística sobre la base de la
información producida por el INDEC y de conformidad con lo dispuesto por
el Artículo 10º de la Ley 10.732/88, ha actualizado los importes mínimos
para el impuesto sobre los ingresos brutos a partir del 1º de julio de 1989; Por ello; El SUBSECRETARIO
DE INGRESOS PUBLICOS EN USO DE LAS ATRIBUCIONES INHERENTES Artículo
1º: Establecer a partir del 1º de julio de 1989, los siguientes
importes mínimos a que alude el Artículo 10º de la Ley Nº
10.732/88, que serán de aplicación para el bimestre julio-agosto
de 1989:
Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-
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