Disposición Normativa-Serie "A" Nº 091/89 ASUNTO: Impuesto de Sellos. Contrato de transferencia de automotores, camiones y acoplados. Monto imponible. periodo agosto 1989. Actualización de montos.-
Que a los efectos de liquidar el impuesto de sellos
previsto en el articulo 207 del Código Fiscal, se tomaran como base los
valores suministrados por la Superintendencia de Seguros de la Nación;
Por ello; El SUBSECRETARIO DE
INGRESOS PUBLICOS EN USO DE LAS ATRIBUCIONES INHERENTES Artículo
1º: Fijar para la actualización de valores establecidos por Disposición
Normativa Serie "A" Nº 34/89 para automotores, camiones, ómnibus,
microómnibus y acoplados el siguiente método: multiplicar los valores
antes mencionados por el coeficiente 20,00, de esta forma se obtiene el valor
de agosto.- Artículo 2º: Establecer en a 650 el valor por dólar billete, a los efectos de la conversión de los montos expresados en esta ultima moneda.- Artículo 3º: Para los vehículos modelo 1989 se tomaran los valores que se adjuntan a la presente y que se consideren parte integrante de la misma.- Artículo 4º:
La presente Disposición tendrá vigencia a partir del 1º de
agosto de 1989.- Artículo 5º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-
CARLOS BARBERIS | ||
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