Disposición Normativa-Serie "A" Nº 081/89 ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. Cuota /89. parcelas declaradas en emergencia agropecuaria. Plazo para el pago en término.-
Que por Disposición Normativa Serie "A" Nº 66/89 se unificaron en el día 12 de junio de 1989, las fechas de vencimiento para el pago de la tercera cuota del Impuesto Inmobiliario año 1989 (Cuota 3/89); Que
se encuentra a la firma del poder ejecutivo de la provincia de buenos aires el
Decreto por el cual se declara el estado de emergencia agropecuaria a sectores
rurales afectados por sequía, a partir del 1º de mayo de 1989, en
diversos partidos y circunscripciones de la provincia; Por ello; El
SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS EN USO DE LAS ATRIBUCIONES INHERENTES Artículo 1º: Considerar como
abonados en término los pagos de la tercera cuota del Impuesto Inmobiliario
año 1989 (cuota 3/89) de las partes no afectadas de los sectores rurales
de los partidos y circunscripciones que a continuación se detallan, para
aquellos contribuyentes que se presenten ante la oficina de distrito pertinente
con el certificado de emergencia extendido por el ministerio de asuntos agrarios,
y que se efectúen hasta el día 31 de julio de 1989: Coronel Suárez,
Coronel Pringles, Carmen de Patagones (con excepción de la circunscripción
I), Coronel Dorrego (circunscripciones VIII, IX, XII y XIII), Tres Arroyos, General
Lamadrid, Laprida, González Chaves (circunscripciones X, XI, XII, XIII,
XIV y XV), Necochea (circunscripciones VI, VII y XI), Adolfo Alsina (circunscripciones
II, IIi, IV, V, VIII, IX y X), Saavedra, Coronel Rosales, Bahía Blanca,
Villarino, Coronel Dorrego (circunscripciones II, III, IV, V, VI, VII, X, XI,
XIV, XV y XVI), Puán, Tornquist y San Cayetano.- Artículo 2º: Los pagos efectuados, así como los cheques y/o giros enviados, se consideran validos y sin derecho a repetición.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-
| ||
Arba
©
Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires |