Disposición Normativa-Serie "A" Nº 078/89 ASUNTO: Impuesto de Sellos. Contrato de transferencia de automotores, camiones y acoplados. Monto imponible. periodo julio 1989. Actualización de montos.-
Que a los efectos de liquidar el impuesto de Sellos
previsto en el articulo 207 del Código Fiscal, se tomaran como base los
valores suministrados por la Superintendencia de Seguros de la Nación; Por ello; El SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS EN USO DE LAS ATRIBUCIONES
INHERENTES Artículo 1º: Fijar para la actualización de valores establecidos por Disposición Normativa Serie "A" Nº 34/89 para automotores camiones y acoplados, el siguiente método: multiplicar los valores antes mencionado por el coeficiente 8,00 de esta forma se obtiene el valor para el mes de julio.- Artículo 2º: Establecer en a 242 el valor por dólar billete, a los efectos de la conversión de los montos expresados en esta ultima moneda.- Artículo 3º: Para los vehículos modelo 1989 se tomaran los valores que se adjuntan a la presente y que se consideran parte integrante de la misma.- Artículo 4º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir del día de la fecha.- Artículo 5º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-
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