Disposición Normativa-Serie "A" Nº 075/89 ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral. Nuevas fechas de vencimiento. Modificación calendario fiscal 1989.-
Que por Disposición Normativa Serie "A" Nº 13/89, se aprobó el calendario fiscal para los meses de abril/diciembre del año 1989, de conformidad con las normas consagradas por el Código Fiscal, Ley Impositiva y Convenio Multilateral, vigentes; Que por Resolución del 6 de junio
de 1989, la comisión plenaria del Convenio Multilateral, en consideración
a que la presencia de tasas de inflación sustancialmente elevadas produce
un severo deterioro en términos reales de los importes recaudados y para
evitar perjuicios financieros al sector contribuyente, resolvió establecer
el 31 de julio de 1989 como fecha de vencimiento para el ingreso del impuesto
sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes del Convenio Multilateral; Por ello; El
SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS EN USO DE LAS ATRIBUCIONES INHERENTES Artículo 1º: Modificar el calendario
fiscal 1989 (Disposición Normativa Serie "A" Nº 13/89),
estableciendo el 31 de julio de 1989, como fecha de vencimiento para el ingreso
del sexto (6to) anticipo del año 1989 (obligación junio/89), del
impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral; Artículo
2º: Establecer a partir del séptimo (7mo.) Anticipo del año
1989 (obligación julio/89), el día 20 del mes siguiente al de la
obtención de los ingresos imponibles, como fecha de vencimiento para el
pago de los anticipos del impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral:
Artículo 3º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir del 1º de julio de 1989.- Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-
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