Disposición Normativa-Serie "A" Nº 049/89 ASUNTO: Impuesto a los automotores. 3° cuota año 1989. Plazo para el pago en término.-
Que por Disposición
Normativa Serie "A" Nº 47/89 se unificaron en el día 10
de mayo de 1989 las fechas de vencimiento para el pago de la tercera cuota del
impuesto a los automotores año 1989 (cuota 3/89), para los dominios impares
y pares; Por ello, El
SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS EN USO DE LAS ATRIBUCIONES INHERENTES Artículo 1º: Considerar como abonados en
termino los pagos de la tercera cuota del impuesto a los automotores año
1989 (cuota 3/89) para los dominios impares y pares, que se abonen hasta el día
24 de mayo de 1989. Artículo 2º: Los pagos efectuados, así como los cheques y/o giros enviados, se consideraran validos y sin derecho a repetición.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archivese.- | ||
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