Disposición Normativa-Serie "A" Nº 105/88

ASUNTO: Impuesto de Sellos. Facilidades de Pago Artículo 238° del Código Fiscal (Ley 10.397). tasa de interés aplicable a las cuotas.-


La Plata, 16 de noviembre de 1988.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que el Artículo 238° del Código Fiscal (Ley 10.397) prevé la posibilidad de otrorgar facilidades para el pago del Impuesto de Sellos que grava los contratos de realización de obras o presentación de servicios o suministros, cuyos plazos de duración sean de treinta (30) meses o más;

Que las cuotas que se acordaren devengarán un interés equivalente al que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en operaciones;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Establecer que la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere el Artículo 238° de la Ley 10.397, para el mes de noviembre es de 11,08.-

Artículo 2º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir del día de la fecha.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quien corresponda, circúlese y archívese.-

 

LIC. JOSE ALBERTO SBATELLA
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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