Disposición Normativa-Serie "A" Nº 059/88

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. Plazo pago en término cuota 3 año 1988 de parcelas rurales declaradas en emergencia y desastre agropecuario. Decreto Nº 2408/88 y modificatorio nº 3138/88. Partidos de Lincoln, t. lauquen, Bolívar y Veintinco de Mayo.-


La Plata, 22 de julio de 1988.-


VISTO:

Que por Disposición Normativa Serie "A" Nº 48/88 se extendió el plazo para el pago en término de la tercera cuota del Impuesto Inmobiliario año 1988 (cuota 3/88) de las partes no afectadas de parcelas rurales de diversas circunscripciones y partidos, provenientes del Decreto Nº 2408/88 y su modificatorio Nº 3138/88, y

CONSIDERANDO:

Que los señores intendentes municipales de los partidos de Lincoln, Trenque Lauquen, Bolívar y Veinticinco de Mayo solicitaron expresamente una nueva prorroga para el pago de la mencionada cuota, en razón de no contar los contribuyentes con certificados definitivos que expide el ministerio de asuntos agrarios, por el tiempo insumido en las verificaciones de los porcentajes a los productores;

Que con el objeto de posibilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a los contribuyentes afectados, es oportuno fijar una fecha especial para el ingreso de la citada cuota.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en terminos los pagos de la tercera cuota del Impuesto Inmobiliario año 1988 (cuota 3/88) de las partes no afectadas de las parcelas rurales ubicadas en: circunscripciones II, III, VII, VIII, IX, X, XII, XIV, Y XV del partido de Linconl, circunscripciones II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, Y XIII del partido de Veinticinco de Mayo, y en los partidos de Trenque Lauquen y Bolívar, que se abonen hasta el dia 15 de agosto de 1988.-

Artículo 2º: Los pagos efectuados, así como los cheques y/o giros enviados, se consideraran firmes y sin derecho de repetición.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-




EVA CRISTINA RASETTO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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