Disposición Normativa-Serie "A" Nº 013/88 ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. Cuota 1/88.
Plazo para el pago en término. Partido de Chivilcoy.- La Plata, 11 de febrero de 1988.- Que a los efectos de una más adecuada atención de los contribuyebtes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, porcede fijar una fecha especial para su ingreso; Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos los pagos de la cuota 1/88 del Impuesto Inmobiliario, que efectúen aquellos contribuyentes con domicilio postal en el partido de Chivilcoy y que cancelen en las instituciones habilitadas al efecto, hasta el día 15 de febrero de 1988.- Artículo 2º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir del la fecha.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.
EVA CRISTINA RASETTO |
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