Disposición Normativa-Serie "A" Nº 128/87 ASUNTO: Impuesto de Sellos. Contratos de Transferencias de Automotores.
Haber Imponible. Tabla para camiones y acoplados usados. Vigencia período
enero / marzo de 1988.- Que se hace necesario fijar para el periodo enero / marzo del año 1988, la tabla de valores para vehículos automotores y/o remolcados (incluidos camiones y acoplados usados): Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Fijar para el periodo enero / marzo del año 1988, la tabla de valores para vehículos automotores y/o remolcados; ómnibus, microómnibus y colectivos; camiones y acoplados usados, anexas a la presente y que se considera parte integrante de la misma. Artículo 2º: Dejar establecido que para los automotores
que no figuren en las tablas de valores de la Superintendencia de Seguros
de la Nación o en la lista de precios de unidades importadas confeccionada
por A.C.A.R.A, el monto imponible será el que fijan los Artículos
226 a 229 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº
1/85 con las modificaciones introducidas por la Disposición Normativa
Serie "B" Nº 6/86 (T.O.) de la "B" 1/85.- Artículo 3º: Para los modelos 1988, que no figuran en las tablas confeccionadas por la Superintendencia de Seguros, se deberán establecer los valores que fija la tabla de A.C.A.R.A. para los vehículos nacionales cero kilómetro modelo 1987.- Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota
a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de
la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes
corresponda, circúlese y archívese.- |
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