Disposición Normativa-Serie "A" Nº 121/87

ASUNTO: Impuesto de Sellos. Contratos de Transferencias de Automotores. Haber Imponible. Tabla para camiones y acoplados usados. Vigencia período octubre / diciembre de 1987.-


La Plata, 25 de noviembre de 1987.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Disposición Nº 1021/76 se dispuso adoptar como tasación especial para los contratos relacionados con los vehículos automotores y/o remolcados las tablas de valores establecidas por la Superintendencia de Seguros de la Nación;

Que se hace necesario fijar para el periodo octubre / diciembre del año 1987, la tabla de valores para vehículos automotores y/o remolcados (incluidos camiones y acoplados usados);

Que por Disposición Normativa Serie "A" Nº 103/87 se fijaron los valores correspondientes al período octubre / diciembre;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Fijar para el periodo octubre / diciembre del año 1987, la tabla de valores para vehículos automotores y/o remolcados; ómnibus, microómnibus y colectivos; camiones y acoplados usados, anexas a la presente y que se considera parte integrante de la misma.

Artículo 2º: Dejar establecido que para los automotores que no figuren en las tablas de valores de la Superintendencia de Seguros de la Nación o en la lista de precios de unidades importadas confeccionada por A.C.A.R.A, el monto imponible será el que fijan los Artículos 226 a 229 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/85 con las modificaciones introducidas por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 6/86 (T.O.) de la"B" 1/85.

Artículo 3º: Anexar a la presente la lista de precios de unidades importadas confeccionadas por A.C.A.R.A. y la de acoplados elaborada por C.A.F.A.S.

Artículo 4º: La presente reemplaza en su totalidad a la Disposición Normativa Serie "A" Nº 103/87 y a la Serie "A" Nº 108/87

Artículo 5º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-



CR. ROBERTO A. OLHASSO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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