Disposición Normativa-Serie "A" Nº 094/87 ASUNTO: Impuesto Inmobiliario año 1987. 3ra. cuota. Plazo
para el pago en término.- EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1°: Considerar como abonados en término, los pagos de la 3° cuota del Impuesto Inmobiliario año 1987 (cuota 3/87), que se abonen hasta el día 21 de septiembre de 1987, para aquellos contribuyentes con domicilio postal en Bolívar, Saladillo, Veinticinco de Mayo, González Chaves, Ayacucho, Luján, Lobos, San Antonio de Areco, Roque Pérez, Capilla del Señor, San Andrés de Giles, Chivilcoy, General Rodríguez, Capital Sarmiento, Salto, Baradero, San Pedro, Colón, Bartolomé Mitre, Alberti, Ameghino, Chacabuco, General Arenales, General Pinto, General Viamonte, Juan B. Alberdi, Leandro N. Além, Lincoln, Rojas, J. N. Fernández, Lobería, San Vicente, Cañuelas, General Belgrano, Coronel Brandsen, Chascomús, Castelli, Ensenada, Trenque Lauquen, Casbas, Treinta de Agosto, Daireaux, Adolfo Alsina, Carlos Casares, Tres Algarrobos, Tres Lomas y Pehuajó, y que cancelen los mismos en las instituciones bancarias habilitadas al efecto. Artículo 2°: La presente Disposición tendrá vigencia a partir de la fecha. Artículo 3°: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
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